$ 29.000
Editorial Libromar
Autor: Pablo Gajardo Zúñiga
ISBN: 9789566170228
1° Edición 2023
Formato: 21x15cm
224 Páginas
5 disponibles
El presente trabajo tiene por objeto analizar y determinar si un contrato válidamente celebrado puede perder su fuerza obligatoria por un cambio imprevisto en las circunstancias imperantes entre el momento de su celebración y el momento de su cumplimiento. Las personas contratan para obtener la satisfacción de determinados intereses y así alcanzar un determinado resultado a través del cumplimiento de la prestación (la causa el contrato). En los contratos de tracto sucesivo o de larga duración, ese interés, propósito o finalidad de una de las partes contratantes, puede desaparecer (total o parcialmente) como consecuencia de un acontecimiento posterior e imprevisto
a la celebración del contrato, frustrando así su fin o propósito. Frente a ello, la pregunta es ¿Cuál es la eficacia de un contrato frustrado? ¿Plena eficacia, ineficacia total o ineficacia parcial?
CAPÍTULO I
CAUSA Y PROPÓSITO DEL CONTRATO
1. La causa como elemento del contrato y de la obligación
2. Regulación de la causa en el Código Civil chileno. ¿Qué es lo que requiere causa?
2.1. La causa es un presupuesto de la obligación
2.2. La causa es un presupuesto del contrato
2.3. Teoría unitaria de la causa
3. Requisitos de la causa
3.1. La causa de la obligación debe ser real
3.2. La causa del contrato debe ser lícita
4. Tipo de causa que consagra el código de Bello
4.1. El Código Civil chileno acoge la doctrina de la causa final
4.2. El Código Civil chileno acoge la doctrina de la causa ocasional o impulsiva
4.3. Doctrina ecléctica
4.4. El Código Civil acoge la doctrina unitaria de la causa
5. El propósito práctico es la verdadera causa del contrato
CAPÍTULO II
LA FRUSTRACIÓN DEL FIN DEL CONTRATO
1. ¿Qué es la frustración del fin del contrato?
2. Evolución histórica de la institución
2.1. El Common Law
2.1.1. Frustration y consideration
2.1.2. La doctrina de la frustration
2.1.3. Bases jurídicas o doctrinas de la frustration
2.1.4. La Base del negocio jurídico de Karl Larenz
2.1.5. Efectos de la frustration
2.1.6. Derecho legislado
2.2. El caso de los Estados Unidos
2.3. Países de tradición romana o jurídico continental
2.4. Argentina y la recepción positiva de la institución
2.4.1. El Origen: Las XIII Jornadas Nacionales de Derecho Civil
2.4.2. Recepción de la frustración en la jurisprudencia: Análisis crítico
3. Teorías relacionadas a la frustración del fin del contrato
3.1. El error
3.2. Teoría de los riesgos
3.3. Teoría de la imprevisión y la excesiva onerosidad sobreviniente
3.4. Imposibilidad de cumplimiento
3.5. Caso Fortuito
3.6. Obtención del fin por otros medios
3.7. Condición resolutoria
4. Requisitos para la frustración del fin del contrato
4.1. Contrato válido
4.2. Que el contrato tenga un fin
4.3. Que se haya frustrado el fin del contrato
5. Efectos de la frustración del fin
5.1. Determinación del riesgo de la frustración del fin
5.2. La sanción ante la frustración: La resolución del contrato
5.3. Reembolso de gastos: Una especie de prestaciones mutuas ante la resolución
5.4. Legitimación de la acción
CAPÍTULO III APLICABILIDAD DE LA FRUSTRACIÓN DEL FIN DEL CONTRATO EN CHILE
1. La frustración del fin del contrato en el Código Civil: El silencio de ley
2. Fundamentos doctrinarios para acoger la frustración del fin del contrato
2.1. La cláusula rebus sic stantibus
2.2. El enriquecimiento sin causa
2.3. El abuso del derecho
2.4. La fuerza obligatoria del contrato y los límites a la autonomía privada
2.5. El interés del acreedor
2.6. La integración del propósito
2.7. El verdadero fundamento: La buena fe
3. Fundamentos de texto legal para la admisibilidad
3.1. El artículo 1467 y el alcance de la causa
3.2. El artículo 1545 y la expresión “causas legales”
3.3. El artículo 1547 y la ausencia de culpa
3.4. El artículo 1546 y el recurso de la buena fe
3.6. El artículo 1560 y la interpretación contractual
3.7. El artículo 1489 y la resolución por incumplimiento ante la insatisfacción del interés acreedor por la frustración del fin