La finalidad de esta investigación se centra, en un primer momento, en examinar la normativa a nivel de la Unión Europea que constituye una barrera disuasoria para la introducción de productos programados para quedar obsoletos.
En el segundo capítulo, el lector podrá conocer la situación normativa sobre la obsolescencia programada de dos Estados miembros seleccionados, Francia y España, permitiendo ver la integración con el marco normativo expuesto en el primer capítulo. Se eligió a Francia por ser pionera en tipificar como delito el incurrir en la práctica de la obsolescencia programada y en el caso de España, fue seleccionada por la dinámica existente entre las potestades legislativas de las regiones y el poder central.
El panorama europeo nos lleva a la pregunta ¿Qué puede hacer Chile para abordar la problemática de la obsolescencia programada? La respuesta a esta interrogante se aborda en el último capítulo de esta obra
Autoras: Anita María Jaña Fica, Vanessa Valentina Elizondo Cerda
Ediciones Jurídicas El Jurista